glosario economico3

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    • Jun 2006
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    glosario economico3

    BASE DE ACUMULACION O DE DEVENGADO

    Significa que los ingresos se consideran en el periodo en el que se ganan (independientemente de cuando se cobran), y los gastos, cuando se contratan en algo (independientemente de su pago).
    BASE DE CAJA O DE EFECTIVO

    Significa que los ingresos se consideran en el periodo en que el dinero entra en caja, y los gastos cuando se hace el desembolso.

    BASE DE DATOS

    Elementos de información que deben ser almacenados con objeto de satisfacer las necesidades del proceso de información en una organización. El término implica un archivo integrado utilizado para muchas aplicaciones de procesamiento en oposición a un archivo individual de datos para una aplicación particular.

    BASE DE REGISTRO

    Principio de contabilidad gubernamental que establece que los gastos deben ser reconocidos y registrados como tales en el momento que se devenguen y los ingresos cuando se generen.

    BASE MONETARIA

    Este concepto corresponde al pasivo monetario del "Banco Central". En el caso de México este pasivo está formado principalmente por los rubros siguientes: billetes y monedas en poder del público y las reservas de la banca comercial, éstas se integran por la cuenta corriente de valores y depósitos en el Banco de México, circulante en caja y la inversión en Certificados de Tesorería (CETES) de la banca comercial.

    La base monetaria puede definirse por sus fuentes y por sus usos. Tiene como fuentes: a) disponibilidad en oro, plata y divisas del banco central; b) financiamiento neto del banco central al sector público; y c) financiamiento del banco central al sistema financiero. Estos tres conceptos se denominan base monetaria, cuando se trata de una cantidad en una fecha determinada; y expansión primaria de dinero, cuando se refiere a variaciones entre balances. Existe creación primaria de dinero cuando aumenta cualquiera de las tres fuentes mencionadas, y contracción en el caso contrario.

    Los usos de la base monetaria son: a) billetes y monedas en poder del público, y b) depósitos de la banca comercial que incluyen: cuentas corrientes de valores y depósitos en el banco central, más billetes y monedas metálicas en caja.

    BENEFICIARIO

    La persona a cuyo favor se expide o cede un título de crédito. El que adquiere una utilidad, beneficio o ventaja que se origina en un contrato o en una sucesión hereditaria. El que goza de alguna manera de un bien o usufructo. Persona, agrupación o entidad que es favorecida con cualquier tipo de transferencias, sean éstas explícitas o implícitas.

    BENEFICIO VIRTUAL POR LA RECOMPRA DE BONOS EN EL EXTERIOR

    Aprovechamientos derivados de las operaciones de recompra de bonos que hace el Gobierno Federal de su propia deuda, aprovechando el descuento que existe en los mercados financieros internacionales. El beneficio y ahorro obtenido por el descuento se registra contablemente como un ingreso mediante un asiento virtual, sin embargo, para efectos de análisis de la Ley de Ingresos de la Federación contenido en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal se deduce de los ingresos corrientes, ya que no implica movimiento de flujo de efectivo.

    BIEN

    Todo aquello que puede ser objeto de apropiación, empleado para satisfacer alguna necesidad. Cosas o derechos susceptibles de producir beneficios de carácter patrimonial.

    BIEN ECONOMICO

    Es una mercancía capaz de proporcionar la satisfacción directa o indirecta, mediata o inmediata de las necesidades humanas. Existen diferentes tipos de bienes económicos: de consumo, de inversión, bienes duraderos y no duraderos, bienes de capital y bienes intermedios.

    Los bienes de consumo son los más apetecidos, en tanto los bienes de inversión no dan una satisfacción inmediata, pero son necesarios para producir satisfactores a futuro.


    BIENES DE CAPITAL

    Aquéllos que no se destinan al consumo, sino a seguir el proceso productivo, en forma de auxiliares o directamente para incrementar el patrimonio material o financiero (capital).

    Término aplicado comúnmente al activo fijo, que abarca algunas veces partidas o elementos que contribuyen a la producción. Es sinónimo de capital (o bienes) de producción; es decir, el capital empleado en la producción. Estos términos se refieren también a las formas materiales de los elementos de producción, tales como las máquinas, el equipo, etc., en contraste con valores de capital (o de capitalización) que es la medida monetaria de dichos elementos. Son los activos destinados para producir otros activos.

    BIENES DE CONSUMO

    Son todas aquellas mercancías producidas por la sociedad en el territorio del país o importadas para satisfacer directamente una necesidad como: alimentos, bebidas, habitación, servicios personales, mobiliario, vestido, ornato, etc.
    Cualquier mercancía que satisface una necesidad del público consumidor. Estos bienes constituyen lo opuesto a bienes de producción o de capital, que son los que se utilizan para producir otros bienes, como la maquinaria de una fábrica.

    BIENES DE CONSUMO DURADERO

    Son las mercancías que tienen una vida útil mayor a un año y que son demandadas por los agentes económicos: familias, empresas y gobierno, para su funcionamiento y/o manutención, tales como casa habitación, automóviles y enseres domésticos, entre otros.

    BIENES DE CONSUMO NO DURADERO

    Son todas las mercancías cuya vida útil es menor a un año, que demandan los agentes económicos: familias, empresas y gobierno, para su funcionamiento y/o manutención, tales como alimentos, bebidas, materias primas, combustibles, etc.

    BIENES INMUEBLES

    Se tienen como tales aquéllos que no se pueden trasladar de un lugar a otro sin alterar, en algún modo, su forma o sustancia, siéndolo unos por su naturaleza, otros por disposición legal expresa en atención a su destino. El concepto de bienes inmuebles ha sufrido una honda transformación en nuestro tiempo, merced a los adelantos técnicos que permiten trasladar, de un lugar a otro, sin alteración, por ejemplo monumentos históricos arquitectónicos.

    BIENES INTERMEDIOS

    Son todos aquellos recursos materiales, bienes y servicios que se utilizan como productos intermedios durante el proceso productivo, tales como materias primas, combustibles, útiles de oficina, etc. Se compran para la reventa o bien se utilizan como insumos o materias primas para la producción y venta de otros bienes.

    BIENES MUEBLES

    Son mercancías cuya vida útil es mayor a un año y son susceptibles de ser trasladadas de un lugar a otro sin alterar ni su forma ni su esencia, tal es el caso del mobiliario y equipo de oficina, maquinaria, automóviles, etc.

    BIENES MUEBLES E INMUEBLES

    Conjunto de activos fijos de una entidad o dependencia. Su importe queda consignado en el capítulo presupuestario del mismo nombre.

    Capítulo de la clasificación por objeto del gasto presupuestario que agrupa las asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de bienes muebles e inmuebles, requeridas en el desempeño de las actividades de la Administración Pública Federal. Incluye el mobiliario y equipo propio para la administración; maquinaria y equipo de producción; las refacciones, accesorios y herramientas mayores indispensables para el funcionamiento de los bienes; la adquisición de animales de trabajo y reproducción, y la adquisición de inmuebles.

    BIENES NACIONALES

    Son aquéllos cuyo dominio pertenece a la nación, es decir, aquellos bienes que estando situados dentro del territorio nacional, pertenecen a todos sus habitantes.

    BIENES SEMOVIENTES

    Los ganados y animales de cualquier especie.




    BIENES Y SERVICIOS ESTRATEGICOS

    Son aquéllos cuya producción se reserva el Estado por ser fundamentales en el desarrollo del país, que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala en el Artículo 28, tales como: correos, telégrafos, radiotelegrafía, petróleo, y los demás hidrocarburos, petroquímica básica, generación de energía nuclear, minerales radioactivos, electricidad y los que expresamente señalen las leyes.

    BIENESTAR SOCIAL

    Se refiere al nivel alcanzado en la satisfacción de las necesidades básicas fundamentales de la sociedad, que se expresan en los niveles de educación, salud, alimentación, seguridad social, vivienda, desarrollo urbano y medio ambiente.
    El bienestar social, en términos económicos se puede medir en función del incremento del producto per cápita real; el aumento en la participación del gasto social respecto al total de egresos, mejoría en la distribución del ingreso, aumento del empleo y fortalecimiento en la balanza de pagos; en el ámbito social se mediría por el incremento en los niveles de salud, educación, vivienda, alimentación y erradicación de la pobreza extrema; desde el aspecto ecológico a través del combate a la contaminación, reforestación de áreas verdes y fortalecimiento de la red hidráulica y su dosificación, entre otros.

    BIENESTAR, ECONOMIA DEL

    Rama reciente del estudio económico dedicada a los llamados óptimos sociales. En contraposición al óptimo de bienestar individual, opta por valores que generalmente son de tipo colectivo.

    BILATERAL

    Se le llama así a la reciprocidad que define las obligaciones y derechos de dos partes involucradas en un contrato.

    BILATERALIDAD

    Se reconoce con este término a aquellas normas jurídicas cuyas características otorgan facultades y definen obligaciones a un mismo tiempo para dos partes actuantes.

    BOLSA DE VALORES

    Institución privada, constituida como Sociedad Anónima de Capital Variable, que tiene por objeto facilitar las transacciones con valores y procurar el desarrollo del mercado respectivo; establecer locales, instalaciones y mecanismos que faciliten las relaciones y operaciones de valores; proporcionar y mantener a disposición del público, información sobre los valores inscritos en la bolsa, los listados del sistema de cotizaciones y las operaciones que en ella se realicen; velar por el estricto apego de la actividad de sus socios a las disposiciones que les sean aplicables; certificar las cotizaciones en bolsa; y realizar aquellas otras actividades análogas o complementarias a las anteriores que autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
    La Ley del Mercado de Valores establece que es facultad del Estado, por medio de la SHCP, otorgar la concesión para el funcionamiento de las Bolsas de Valores. En la actualidad la única autorización vigente es la de la Bolsa Mexicana de Valores.

    BONIFICACION

    La deducción obtenida o concedida en los precios de compra o de venta, por concepto de diferencias en calidad o peso, por mercancías dañadas, por dilación en la entrega, por infracción a las condiciones del contrato respectivo, etc. Las deducciones concedidas en el monto de honorarios o cuotas por servicios (agua, luz, teléfono, etc.), motivadas por faltas a los contratos o convenios respectivos.

    BONIFICACIONES SOBRE VENTAS

    Las rebajas que se concedan sobre los precios de venta, independientemente de las fechas de vencimiento de los pagos respectivos.
    محمد لعضمات :lol:
يعمل...
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